Entre los meses de Noviembre y Diciembre y posteriormente, Enero y Febrero, se inicia el periodo de formación continua aplicado por la empresa a todo el personal de Servicios de la misma; esto és, Conserjes, Controladores, Personal de Parking, etc.
En palabras del Jefe de Servicios, "Además de las charlas presenciales hemos puesto a disposición de nuestros empleados un servicio de formación continua vía email y web, donde pueden descargarse manuales de defensa personal, prevención de riesgos y seguridad en el trabajo, emergencias y protocolos diversos de actuación para conserjes y afines. Igualmente, estamos realizando módulos formativos de mantenimiento para el personal de conserjería con objeto de que puedan afrontar cualquier incidencia realacionada con las funciones de mantenimiento básico que deben acometer diariamente."
Sin duda, es un claro ejemplo de la apuesta por M.A. SERVICIOS en cuanto a formar y preparar a su personal lo que, indudablemente, (junto con nuestra política de ofrecer una excelente relación calidad-precio) nos diferencia de la competencia.
sábado, 14 de noviembre de 2009
viernes, 16 de octubre de 2009
:: Detenido el padre de un alumno por agredir a la directora de un colegio.
El padre de un alumno ha sido detenido la tarde de este miércoles por agredir a la directora del colegio público Loyola de Palacio de Madrid y proferir reiteradas amenazas de muerte al jefe de estudios, según informaron a Europa Press fuentes cercanas a la investigación. Seguir leyendo el arículo
El incidente tuvo lugar sobre las 15 horas en las propias instalaciones del centro escolar, situado en el número 34 de la calle Embalse de Navacerrada, en el vallecano barrio de Entrevías.
Según las mismas fuentes, y siguiendo lo relatado en la denuncia por la directora, el progenitor de uno de los alumnos llegó al colegio en estado notable de agitación y "fuera de sí", lanzando continuas amenazas de muerte contra el jefe de estudios del centro, al que buscaba desesperadamente por los pasillos del centro.Al escuchar el revuelo y los gritos del padre, la directora del colegio salió a ver lo que pasaba y el hombre, que estaba "muy nervioso", la zarandeó y la dio un empujón. Al lugar llegaron conserjes y personal del centro para controlar la situación.
Minutos después, y tras avisar a la Policía, varios agentes llegaron al centro y detuvieron al supuesto agresor, que dirigieron a dependencias policiales de Entrevías para tomarle declaración. Por su parte, la directora y el jefe de estudios formularon una denuncia ante la comisaría de Entrevías. Mañana a las 14 horas se celebrará un juicio rápido en los Juzgados de Plaza de Castilla sobre los hechos, según indicaron fuentes próximas a la investigación.
Precisamente esta mañana, la Defensora del Profesor del sindicato independiente ANPE-Madrid, Inmaculada Suárez, afirmó que en el curso de 2007-08 registraron ante la asociación un total de 2.175 denuncias de acosos y agresiones a docentes y en la mitad del pasado curso (de septiembre de 2008 a febrero de este año) anotaron ya 2.400.
Así, el 10 por ciento de los profesores denunciaron una agresión de alumnos en la primera mitad del curso pasado y el 2 por ciento provenientes de padres y familias. La etapa con mayor conflictividad es la Educación Secundaria
ANPE-Madrid dio a conocer estos datos tras el anuncio realizado ayer por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, de otorgar a los profesores el rango de autoridad pública. El sindicato cree que esta normativa es "beneficiosa" para la sociedad, la educación y el profesorado.
Con la nueva ley, la agresión a un maestro será tipificada como un delito de atentado contra autoridad pública, con penas de 2 a 4 años de cárcel. "Hasta ahora, si había daños se consideraba una infracción penal y el agresor quedaba impune o tenía que pagar una multa de 100 ó 200 euros", señaló el abogado de la asociación, Enrique Álvarez.
También se recordó que actualmente los profesores víctimas de una agresión tienen que demostrarla y aportar pruebas y testigos, mientras que con la nueva ley su testimonio tendrá presunción de veracidad.
:: Educación contrata conserjes con un salario mayor
SAN JUAN (AP) — El alcalde de Guánica, Martín Vargas, denunció el jueves que el Departamento de Educación está contratando conserjes escolares a un salario mayor que el pagado a sus antecesores despedidos. Según Vargas, quien había sacado dinero de su fondo de emergencia para nombrar temporalmente a ocho conserjes en lo que Educación resolvía la situación fiscal que le impedía contratar al personal de limpieza para las siete escuelas de Guánica, dijo que los contratados por la agencia van "a ganar más que un maestro de clases".
"Tampoco se le dio la oportunidad a las personas que fueron despedidas por la Ley 7 (de emergencia fiscal)... Tampoco se llamó al empleado que era transitorio que había estado trabajando, que se supone que hay que darle la primera oportunidad a ese empleado si está disponible", se quejó en entrevista radial (WSKN). "No hubo un proceso de convocatoria, todo fue por llamadas telefónicas", acotó.
Según Vargas, el personal contratado "no cumple con los requisitos" para ocupar las plazas.
Ante el nombramiento de los conserjes por parte de Educación, el alcalde tuvo que reubicar a los ocho empleados que había contratado por un mes para realizar esas funciones, lo que dijo "descuadra" el presupuesto municipal en unos 8,600 dólares.
Copyright 2009 The Associated Press.
"Tampoco se le dio la oportunidad a las personas que fueron despedidas por la Ley 7 (de emergencia fiscal)... Tampoco se llamó al empleado que era transitorio que había estado trabajando, que se supone que hay que darle la primera oportunidad a ese empleado si está disponible", se quejó en entrevista radial (WSKN). "No hubo un proceso de convocatoria, todo fue por llamadas telefónicas", acotó.
Según Vargas, el personal contratado "no cumple con los requisitos" para ocupar las plazas.
Ante el nombramiento de los conserjes por parte de Educación, el alcalde tuvo que reubicar a los ocho empleados que había contratado por un mes para realizar esas funciones, lo que dijo "descuadra" el presupuesto municipal en unos 8,600 dólares.
Copyright 2009 The Associated Press.
jueves, 10 de septiembre de 2009
:: CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA, ¿CONTROLADAS POR UN CONSERJE?
Son varios los compañeros que nos han hecho llegar su consulta referida al tema de las videocámaras, en cuanto a si pueden o no visualizarlas o está restringido e uso y dicha visualización a los vigilantes de seguridad.
Pues bien, hay ciertos matices y como siempre, dependerá de varios factores.
En principio, no deja clara su postura al respecto ni la Ley de Seguridad Privada ni tampoco la Secretaría Técnica del Ministerio del Interior que es quien regula en España esta materia, mediante la Dirección gral. de Policía.
Bien, si tomamos como ejemplo una comunidad de vecinos, donde hay servicio de Conserjería diurno perono hay servicio de vigilancia nocturno, y la junta vecinal aprueba en sus 3/5 la instalación de videocámaras, el conserje, que es la persona que ha designado la Comunidad para controlar el acceso al recinto privado, tiene plena competencia para visualizar todos los monitores y sistemas de visión de las cámaras.
Ahora bien, otra cosa sería la revisión de imagenes grabadas, cuya responsabilidad de visualización y entrega a los cuerpos de seguridad corresponde al presidente.
Es fundamental que las cámaras no las instale Pepe, el ñapas al que recurre la Comunidad para que arregle algunas cosillas, ya que si la empresa que nos instala las videocámaras no está homologada, es la Comunidad la que tendrá que hacer frente a una sanción.
Además, deben de colocarse carteles de aviso de que se cuenta con videocámaras, y tienen que estar diseñados y redactados conforme dicta la Agencia de Protección de Datos y la LOPD.
En resumen, SI, puede un Conserje o Portero en una Comunidad de vecinos, tener acceso a la visualización de las cámaras que se hayan instalado.
En el caso de un centro comercial, por ejemplo, nos encontramos con factores distintos. No es un recinto exclusivamente privado o de residencia, se trata de un recinto de pública concurrencia con gran afluencia, por tanto, de personas y aunque se trata de un entorno privado, es de libre acceso y circulación, por lo tanto, si bien es aplicable la LSP (no se trata pues, de vía pública) si que debería ser un vigilante de seguridad quien esté frente a los monitores o en su defecto, puede ser un Operador de cámara o sala de control, siempre y cuando se cuente en cualquier caso, con la presencia o supervisión de un vigilante de seguridad.
Por sí, sólo, un auxiliar de servicio-controlador en un establecimiento de este tipo, NO podría estar frente a las pantallas de las videocámaras.
Como podemos ver, existen diferencias entre la posibilidad o 'autorización' para visionar cámaras de videovigilancia por parte de personal no habilitado (que no le afecte la LSP), como és el conserje o un controlador de accesos, en función de si se trata de una Comunidad de propietarios, urbanización, edificio, o un centro comercial o polígono, etc.
Pues bien, hay ciertos matices y como siempre, dependerá de varios factores.
En principio, no deja clara su postura al respecto ni la Ley de Seguridad Privada ni tampoco la Secretaría Técnica del Ministerio del Interior que es quien regula en España esta materia, mediante la Dirección gral. de Policía.
Bien, si tomamos como ejemplo una comunidad de vecinos, donde hay servicio de Conserjería diurno perono hay servicio de vigilancia nocturno, y la junta vecinal aprueba en sus 3/5 la instalación de videocámaras, el conserje, que es la persona que ha designado la Comunidad para controlar el acceso al recinto privado, tiene plena competencia para visualizar todos los monitores y sistemas de visión de las cámaras.
Ahora bien, otra cosa sería la revisión de imagenes grabadas, cuya responsabilidad de visualización y entrega a los cuerpos de seguridad corresponde al presidente.
Es fundamental que las cámaras no las instale Pepe, el ñapas al que recurre la Comunidad para que arregle algunas cosillas, ya que si la empresa que nos instala las videocámaras no está homologada, es la Comunidad la que tendrá que hacer frente a una sanción.
Además, deben de colocarse carteles de aviso de que se cuenta con videocámaras, y tienen que estar diseñados y redactados conforme dicta la Agencia de Protección de Datos y la LOPD.
En resumen, SI, puede un Conserje o Portero en una Comunidad de vecinos, tener acceso a la visualización de las cámaras que se hayan instalado.
En el caso de un centro comercial, por ejemplo, nos encontramos con factores distintos. No es un recinto exclusivamente privado o de residencia, se trata de un recinto de pública concurrencia con gran afluencia, por tanto, de personas y aunque se trata de un entorno privado, es de libre acceso y circulación, por lo tanto, si bien es aplicable la LSP (no se trata pues, de vía pública) si que debería ser un vigilante de seguridad quien esté frente a los monitores o en su defecto, puede ser un Operador de cámara o sala de control, siempre y cuando se cuente en cualquier caso, con la presencia o supervisión de un vigilante de seguridad.
Por sí, sólo, un auxiliar de servicio-controlador en un establecimiento de este tipo, NO podría estar frente a las pantallas de las videocámaras.
Como podemos ver, existen diferencias entre la posibilidad o 'autorización' para visionar cámaras de videovigilancia por parte de personal no habilitado (que no le afecte la LSP), como és el conserje o un controlador de accesos, en función de si se trata de una Comunidad de propietarios, urbanización, edificio, o un centro comercial o polígono, etc.
Por ejemplo, existe un novedoso dispositivo que asegura, en cualquier caso, recinto, ubicación y establecimiento, su 'uso' por parte de un Conserje.
Viene de la mano de Securitas Direct, ofrece la posibilidad de contratar una cámara a modo de renting mensual consistente en un kit con una videocámara digital fija, memoria interna (graba hasta 36 horas seguidas), y cartelería de aviso conforme la LOPD. Con este equipo no es necesario ni un monitor para visualizar lo que se está grabando, ni un grabador físico como tal. ¿Entonces? Es una cámara combo. Es decir, monitor y grabador incluido en la cámara.
Además, ahorra energía gracias a sus sensores, que activan la grabación solamente cuando se pasa por delante del detector asociado al dispositivo de la cámara.
También incluye la opción de que, junto con la activación, se envien 20 segundos de grabación de video al centro de control de la empresa instaladora, por si hubiera que avisar a la policía.
Este producto se comercializa a modo de alquiler o renting por unos 60 euros al mes. (www.securitasdirect.es>comunidades)
Como en la propia documentación del producto, Securitas ofrece las instrucciones e indicaciones precisas para su manejo por parte de Conserjes y Vigilantes. Aunque el mantenimiento es prácticamente nulo y la grabación se limita a una memoria que puede extraerse y leerse en un ordenador o bien, permite enviar imagenes en tiempo real a un centro de control de Securitas.
Etiquetas:
camaras sin vigilancia,
camaras y conserjes,
videovigilancia
martes, 25 de agosto de 2009
:: CONVENIOS, JORNADAS, PRECIOS...
Depende.
Todo esto depende. Convenios, jornadas, etc.
Si preguntamos a un compañero de Madrid, nos dirá que su empresa sigue el convenio de Madrid. Y si nos acercamos a Barcelona, que siguen el de Barcelona.
Teniendo en cuenta, que euro arriba euro abajo, ambos convenios tienen salarios base de entre 500 y 600 euros, y el resto de conceptos no sumanun jornal de 800 euros netos, entendemos que la diversidad de salarios en el sector puede variar:
a) En función del convenio de aplicación en la empresa. Si es el de Fincas Urbanas o el propio de cada empresa, o simplemente, se limiten a remitir al SMI del E.T.
b) En función de si el trabajador realiza horas extra, si tiene derechos adquiridos (en caso de subrogación), antigüedad, etc.
c) En función de la Comunidad donde trabaje.
Y es que, además de esto, hay que tener en cuenta un factor determinante: la hora que le cobra la empresa al cliente por el Conserje o Portero que está en sus instalaciones.
Es decir, conocemos empresas en Madrid que no bajan de 8,30 euros la hora. En Barcelona, las hay desde 8,25 euros la hora, y en Valencia, no bajan de 8 euros la hora. Todas con el IVA aparte.
Evidentemente, la oferta o bajada de precio que pueda realizar la empresa a un cliente, suele repercutir en el trabajador. La empresa no va a perder beneficios.
Por tanto, la disparidad de precios, salarios, condiciones, etc. está a la orden del día.
La conclusión entonces, es que un trabajador del sector, tiene un salario variable en función de la empresa en la que desempeñe su labor. Cosa que no ocurre con otros sectores similares como la Seguridad Privada o la Limpieza (suponiendo que las empresas de ambos sectores cumplan los sus convenios respectivos, claro)
Esperemos a ver que cambios se producen al respecto, aunque, con el panorama de crisis actual nos parece que aún tardaremos en ver novedades y mejoras al respecto.
Aunque sólo sea un poco.
Todo esto depende. Convenios, jornadas, etc.
Si preguntamos a un compañero de Madrid, nos dirá que su empresa sigue el convenio de Madrid. Y si nos acercamos a Barcelona, que siguen el de Barcelona.
Teniendo en cuenta, que euro arriba euro abajo, ambos convenios tienen salarios base de entre 500 y 600 euros, y el resto de conceptos no sumanun jornal de 800 euros netos, entendemos que la diversidad de salarios en el sector puede variar:
a) En función del convenio de aplicación en la empresa. Si es el de Fincas Urbanas o el propio de cada empresa, o simplemente, se limiten a remitir al SMI del E.T.
b) En función de si el trabajador realiza horas extra, si tiene derechos adquiridos (en caso de subrogación), antigüedad, etc.
c) En función de la Comunidad donde trabaje.
Y es que, además de esto, hay que tener en cuenta un factor determinante: la hora que le cobra la empresa al cliente por el Conserje o Portero que está en sus instalaciones.
Es decir, conocemos empresas en Madrid que no bajan de 8,30 euros la hora. En Barcelona, las hay desde 8,25 euros la hora, y en Valencia, no bajan de 8 euros la hora. Todas con el IVA aparte.
Evidentemente, la oferta o bajada de precio que pueda realizar la empresa a un cliente, suele repercutir en el trabajador. La empresa no va a perder beneficios.
Por tanto, la disparidad de precios, salarios, condiciones, etc. está a la orden del día.
La conclusión entonces, es que un trabajador del sector, tiene un salario variable en función de la empresa en la que desempeñe su labor. Cosa que no ocurre con otros sectores similares como la Seguridad Privada o la Limpieza (suponiendo que las empresas de ambos sectores cumplan los sus convenios respectivos, claro)
Esperemos a ver que cambios se producen al respecto, aunque, con el panorama de crisis actual nos parece que aún tardaremos en ver novedades y mejoras al respecto.
Aunque sólo sea un poco.
:: EMPRESAS DE SERVICIOS DE CONTROL, CONSERJERÍA ETC.
El sector de la Conserjería, el Control de accesos y los Porteros, factura una cantidad bastante considerable al año, ya que por todo el territorio nacional, existe una gran variedad de empresas especializadas en este tipo de servicios.
Lejos ha quedado -o casi ya relegado al pasado- aquél portero contratado por la propia finca o comunidad de vecinos.
Al menos, pocos trabajadores quedan en esta situación, e incluso en comunidades donde aún se puede encontrar personal contratado por los vecinos, estos asumen que en el momento que se produzca la jubilación, buscarán un 'conserje de empresa'.
Y es que ni los administradores ni la comunidad quieren encargarse ya de la vivienda, la seguridad social y las vacaciones de su portero.
La diferencia a la hora de solicitar un servicio de otro (por ejemplo, un conserje o un controlador) reside mayormente en el complemento salarial que sea de aplicación; un Controlador de acceso, no suele realizar más funciones en su puesto de trabajo que la mera comprobación de la identidad de las visitas o personas que acceden a un inmueble o establecimiento, y el Conserje, se encarga del mantenimiento del patio o portería además de realizar funciones afines a la del Controlador.
El portero, con sus matices, realizaría las mismas funciones descritas pero con la diferencia de si se trata de un portero de una finca urbana o una discoteca.
Entendemos que el portero de una discoteca no se encarga de su mantenimiento.
He aquí donde a veces nos encontramos con la tesitura de como, donde y cuando se solapa una figura o cetegoría laboral con otra.
En cualquier caso, suelen ser las propias empresas las que, mediante un reglamento interno o unas cláusulas contractuales, determinan las funciones que debe realizar el trabajador ya sea Conserje, Portero, Controlador o Garajista.
A la espera de un convenio y un reglamento que regularice tal situación, la mayoría de empleados, empresas y sindicatos se acojen al Convenio de Fincas Urbanas de Madrid o Barcelona.
Lamentablemente, algunas empresas no se ajustan más que a su propio convenio.
Algo que no sucede en una empresa valenciana, consolidada en Valencia y Castellón, y cuyos trabajadores cobran su salario según el convenio catalán, cuya extensión a la Comunidad Valenciana fue solicitada por los sindicatos y aprobada por la Consellería de Empleo.
Esta empresa, cuyo nombre comercial es M.A. SERVICIOS (ConserjesValencia.com) apuesta claramente por ofrecer servicios de calidad a sus clientes, a la par que ofrece un salario interesante junto un programa formativo continuo, a sus empleados.
En esta enseña del levante, se apuesta por la profesionalidad del sector, y eso se nota en los servicios donde desarrollan su jornada diaria sus Conserjes.
Esperamos que más empresas, se unan a esta forma de entender el sector de la Conserjería, controladores y personal de fincas urbanas.
Lejos ha quedado -o casi ya relegado al pasado- aquél portero contratado por la propia finca o comunidad de vecinos.
Al menos, pocos trabajadores quedan en esta situación, e incluso en comunidades donde aún se puede encontrar personal contratado por los vecinos, estos asumen que en el momento que se produzca la jubilación, buscarán un 'conserje de empresa'.
Y es que ni los administradores ni la comunidad quieren encargarse ya de la vivienda, la seguridad social y las vacaciones de su portero.
La diferencia a la hora de solicitar un servicio de otro (por ejemplo, un conserje o un controlador) reside mayormente en el complemento salarial que sea de aplicación; un Controlador de acceso, no suele realizar más funciones en su puesto de trabajo que la mera comprobación de la identidad de las visitas o personas que acceden a un inmueble o establecimiento, y el Conserje, se encarga del mantenimiento del patio o portería además de realizar funciones afines a la del Controlador.
El portero, con sus matices, realizaría las mismas funciones descritas pero con la diferencia de si se trata de un portero de una finca urbana o una discoteca.
Entendemos que el portero de una discoteca no se encarga de su mantenimiento.
He aquí donde a veces nos encontramos con la tesitura de como, donde y cuando se solapa una figura o cetegoría laboral con otra.
En cualquier caso, suelen ser las propias empresas las que, mediante un reglamento interno o unas cláusulas contractuales, determinan las funciones que debe realizar el trabajador ya sea Conserje, Portero, Controlador o Garajista.
A la espera de un convenio y un reglamento que regularice tal situación, la mayoría de empleados, empresas y sindicatos se acojen al Convenio de Fincas Urbanas de Madrid o Barcelona.
Lamentablemente, algunas empresas no se ajustan más que a su propio convenio.
Algo que no sucede en una empresa valenciana, consolidada en Valencia y Castellón, y cuyos trabajadores cobran su salario según el convenio catalán, cuya extensión a la Comunidad Valenciana fue solicitada por los sindicatos y aprobada por la Consellería de Empleo.
Esta empresa, cuyo nombre comercial es M.A. SERVICIOS (ConserjesValencia.com) apuesta claramente por ofrecer servicios de calidad a sus clientes, a la par que ofrece un salario interesante junto un programa formativo continuo, a sus empleados.
En esta enseña del levante, se apuesta por la profesionalidad del sector, y eso se nota en los servicios donde desarrollan su jornada diaria sus Conserjes.
Esperamos que más empresas, se unan a esta forma de entender el sector de la Conserjería, controladores y personal de fincas urbanas.
:: PORTEROS, CONSERJES... EN COMUNIDADES DE MADRID.
Para empezar, inauguramos este espacio, conun artículo interesante sobre los compañeros de Madrid.
De porteros a conserjes
Muchas comunidades venden o alquilan la vivienda para reducir gastos
En la Comunidad de Madrid existen unos 20.000 porteros y conserjes de fincas urbanas. La figura del portero, que habita en el edificio, se ha ido reciclando, y aproximadamente un 30% de ellos se han transformado en conserjes o en trabajadores que prestan ese mismo servicio en empresas, según cálculos del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.
El sueldo del conserje es un 15% superior al del portero porque no reside en una vivienda propiedad de la comunidad
Muchas comunidades de propietarios han suprimido en los últimos años el servicio de portería y han puesto en venta o en alquiler su vivienda para hacer frente a gastos comunitarios o tener un ingreso extra. Algunos otros porteros han decidido desvincularse de la relación laboral que les implica vivir en el mismo lugar donde trabajan. Además, el hecho de residir en una vivienda propiedad de la comunidad supone una merma del 15% de su sueldo, explica Ángel Mancheño, presidente del Sindicato Independiente de Trabajadores de Fincas Urbanas (SIFTU), el más potente en el sector.
Para suprimir el servicio de portería se requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Y para vender la casa del portero es preciso que la vivienda no esté vinculada a otros intereses que no sean los de la propia comunidad de propietarios. Además, hay que fijar un nuevo coeficiente o cuota de participación para el nuevo piso que se convierte en independiente. Y es necesario que los acuerdos se obtengan por unanimidad. "Única y exclusivamente mediante una decisión unánime de todos los integrantes de la comunidad de propietarios, estén al tanto o no de sus pagos, puede venderse la portería", recalcan los administradores de fincas de Madrid.
Si la comunidad de vecinos decide alquilar la casa necesita el acuerdo de las tres quintas partes del total de los propietarios. El conserje sigue siendo una figura muy valorada en inmuebles o urbanizaciones de nivel socioeconómico medio y alto. Un conserje, que supone cerca del 40% del presupuesto total de una comunidad de vecinos, es rentable a partir de 40 o 50 viviendas.
En las nuevas promociones en las que se agrupan varias fincas se suele contratar a un único conserje para reducir el coste por propietario. Pero los conserjes tienen un serio rival. No son pocas las comunidades dotadas de servicios de todo tipo (piscinas, canchas deportivas...) que optan por contratar empresas de servicios. Aunque, "con la contrata, cada día acude un trabajador nuevo, y el conserje aporta el valor añadido de conocer a cada uno de los vecinos", explica Mancheño.
Porteros y conserjes de fincas están a la espera de que la Comunidad de Madrid dé el visto bueno al nuevo convenio firmado por CC OO, UGT y SIFTU, tras cinco años rigiéndose por un documento del año 2001.
Así, de aprobarse, durante 2009, además del IPC correspondiente a noviembre (2,4%), porteros y conserjes se beneficiarán de una subida salarial del 1,5%, que se aplicará con carácter retroactivo (desde enero de 2009) y a un sueldo base de 556,50 euros. Al año siguiente será del 1,%, y al siguiente, del 0,80%, según Mancheño.
De porteros a conserjes
Muchas comunidades venden o alquilan la vivienda para reducir gastos
En la Comunidad de Madrid existen unos 20.000 porteros y conserjes de fincas urbanas. La figura del portero, que habita en el edificio, se ha ido reciclando, y aproximadamente un 30% de ellos se han transformado en conserjes o en trabajadores que prestan ese mismo servicio en empresas, según cálculos del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.
El sueldo del conserje es un 15% superior al del portero porque no reside en una vivienda propiedad de la comunidad
Muchas comunidades de propietarios han suprimido en los últimos años el servicio de portería y han puesto en venta o en alquiler su vivienda para hacer frente a gastos comunitarios o tener un ingreso extra. Algunos otros porteros han decidido desvincularse de la relación laboral que les implica vivir en el mismo lugar donde trabajan. Además, el hecho de residir en una vivienda propiedad de la comunidad supone una merma del 15% de su sueldo, explica Ángel Mancheño, presidente del Sindicato Independiente de Trabajadores de Fincas Urbanas (SIFTU), el más potente en el sector.
Para suprimir el servicio de portería se requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Y para vender la casa del portero es preciso que la vivienda no esté vinculada a otros intereses que no sean los de la propia comunidad de propietarios. Además, hay que fijar un nuevo coeficiente o cuota de participación para el nuevo piso que se convierte en independiente. Y es necesario que los acuerdos se obtengan por unanimidad. "Única y exclusivamente mediante una decisión unánime de todos los integrantes de la comunidad de propietarios, estén al tanto o no de sus pagos, puede venderse la portería", recalcan los administradores de fincas de Madrid.
Si la comunidad de vecinos decide alquilar la casa necesita el acuerdo de las tres quintas partes del total de los propietarios. El conserje sigue siendo una figura muy valorada en inmuebles o urbanizaciones de nivel socioeconómico medio y alto. Un conserje, que supone cerca del 40% del presupuesto total de una comunidad de vecinos, es rentable a partir de 40 o 50 viviendas.
En las nuevas promociones en las que se agrupan varias fincas se suele contratar a un único conserje para reducir el coste por propietario. Pero los conserjes tienen un serio rival. No son pocas las comunidades dotadas de servicios de todo tipo (piscinas, canchas deportivas...) que optan por contratar empresas de servicios. Aunque, "con la contrata, cada día acude un trabajador nuevo, y el conserje aporta el valor añadido de conocer a cada uno de los vecinos", explica Mancheño.
Porteros y conserjes de fincas están a la espera de que la Comunidad de Madrid dé el visto bueno al nuevo convenio firmado por CC OO, UGT y SIFTU, tras cinco años rigiéndose por un documento del año 2001.
Así, de aprobarse, durante 2009, además del IPC correspondiente a noviembre (2,4%), porteros y conserjes se beneficiarán de una subida salarial del 1,5%, que se aplicará con carácter retroactivo (desde enero de 2009) y a un sueldo base de 556,50 euros. Al año siguiente será del 1,%, y al siguiente, del 0,80%, según Mancheño.
:: BIENVENID@S A LA WEB DE CONSERJES Y CONTROL.
Iniciamos este nuevo espacio, para dar cabida a todos los profesionales del sector de Conserjería, Porteros, Controladores de acceso y trabajadores de Fincas Urbanas.
Igualmente, las empresas que lo deseen podrán solicitar anunciarse -link- gratuitamente.
Bienvenid@s pues, a CONSERJES Y CONTROL.
Igualmente, las empresas que lo deseen podrán solicitar anunciarse -link- gratuitamente.
Bienvenid@s pues, a CONSERJES Y CONTROL.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)

